Representantes del BCV se reunieron con miembros del sector privado para dar aclaratorias sobre el proceso de Reconversión Monetaria
Los representantes de las cámaras, asociaciones, Federaciones y empresas entre otros, se reunieron a finales del mes de abril con Sohail Hernández Parra y Luis Armando Rodríguez, Vicepresidente y Gerente de Estadísticas Económicas del BCV para aclarar las dudas e inquietudes que se tiene con la Reconversión Monetaria, anunciada por el presidente Nicolás Maduro en el mes de marzo, y que entrará en vigencia el próximo 4 de junio.
Se explicó que la Reconversión Monetaria es la modificación total del cono monetario vigente e implica el cambio a escala monetaria de todo lo que se exprese en bolívares fuertes. “Con la eliminación de tres ceros se facilitarán las transacciones económicas y comerciales, y, también serán más eficientes los sistemas de cómputos y registros contables. Se trata de una medida para solventar la escasez de efectivo. No se trata de una medida anti-inflacionaria”, expresó el BCV en un comunicado.
Reexpresión de la moneda
A través del Decreto N° 3332, publicado en la Gaceta Oficial N° 41366 del 22 de marzo de 2018, la Presidencia de la República decretó la reexpresión de la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela vigente a partir del 4 de junio de 2018, en el equivalente a mil bolívares (Bs. 1.000) actuales. La reconversión monetaria aplica a todos los estados financieros, inventarios, cheques y títulos valores.
Del redondeo
El BCV explicó que es sólo dividir entre 1000. El redondeo se aplicará como en el 2007 bajo el formato tradicional de redondeo matemático (dos decimales).
De las excepciones
Las excepciones estarán en los precios unitarios de algunos bienes y servicios como el combustible, gas doméstico, electricidad, entre otros.
Particularidades: bienes que requieran una cantidad superior de decimales tales como el área bursátil, valores y tipos de cambio.
Documentos
El BCV señaló que cualquier documento previo al 4 de junio del 2018 se entiende re expresado durante su vigencia. En cuanto a los cheques emitidos antes del 4 de junio del 2018 en bolívares fuertes se entenderán reexpresados a partir del 4 de junio.
Los documentos que contengan expresiones en bolívares fuertes como leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, providencias, circulares, instrumentos o actos administrativos de efectos generales y/o particulares, así como en decisiones judiciales, instrumentos negociables u otros documentos que produzcan efectos legales que hayan sido dictados y/o entrado en vigor, según el caso, antes del 4 de junio de 2018, deberán ser reexpresados. Mientras que el papel sellado, los timbres fiscales, estampillas y/o sellos postales, así como cualquier otra especie valorada en bolívares actuales deberán ser utilizados hasta su agotamiento, entendiéndose reexpresado su valor a partir del 4 de junio de 2018.
En cuanto a las monedas y su circulación el BCV informó que sólo habrá una de 50 céntimos y una de 1 bolívar. Cualquier operación cuyo costo sea inferior (como el caso de la gasolina y el pasaje de Metro), se llevará a la expresión de 0,5 céntimos.
El BCV fue tajante al anunciar que el cono monetario anterior, el del bolívar fuerte, queda desmonetizado el domingo 3/06/18 a las 11:59 pm. Y que no habrá ningún tipo de prórroga por lo que a partir de ese día no se deben aceptar billetes del cono monetario pasado en ningún establecimiento o para realizar cualquier tipo de transacción comercial.
Asimismo explicó que a partir del 1 de mayo hasta el 4 de junio, deben mostrarse al público los dos precios para que la población se familiarice con el proceso de reconversión. “La Sundde (Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos) es el órgano competente para velar porque esta norma se cumpla. Si no se puede colocar el precio en el cuerpo del producto se pueden publicar listas de precios, habladores, etc. Cualquier aclaratorio al respecto debe ser consultada a la Sundde”, indica el comunicado.
El BCV aseguró que trabajará en conjunto con la Sundde, en la formación de facilitadores para difundir la información relacionada con la reconversión monetaria en todo el territorio nacional y que oportunamente emitirá una resolución con la información completa y detallada para cada caso. Igualmente quedó facultado para regular mediante Resoluciones, todo lo relacionado con la ejecución de la reconversión monetaria, así como para efectuar todas las actividades necesarias para la puesta en circulación del nuevo cono monetario.
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